Opción I. Tesis Profesional

  • Se denomina Tesis Profesional a la presentación de los resultados obtenidos de una investigación realizada por el (los) candidato (s), que contiene una posición de un tema, fundamentada en un área del conocimiento científico y tecnológico.
  • El trabajo a desarrollar podrá realizarse en forma individual o por dos candidatos.
  • El candidato podrá realizar su investigación dentro del Instituto Tecnológico o en otra Institución o empresa que le proporcione los medios necesarios.
  • El trabajo de tesis será revisado por una comisión de tres profesionistas integrada para tal efecto en el seno de la academia, y/o con miembros externos a juicio del Jefe del Departamento, la cual dictaminará la aprobación o modificación del mismo.
  • El Jefe del Departamento Académico designará al jurado que presidirá el acto de recepción profesional, considerando la propuesta de la academia correspondiente.
  • El egresado sustentará el acto de recepción profesional, consistente en examen profesional y protocolo, en la fecha y hora designada para tal efecto.
  • El jurado emitirá su dictamen, el cual será inapelable, con base en la presentación del trabajo por parte del sustentante y las respuestas a las preguntas formuladas.

 

Opción III. Proyecto de Investigación

  • El Proyecto de investigación consiste en el procedimiento metodológico a través del cual se obtiene un resultado científico y/o tecnológico, se innova o adecua una tecnología o parte de un proceso productivo o experimental, etc.
  • Los proyectos de investigación presentados en el Concurso Nacional de Creatividad y en el Concurso Nacional de Emprendedores de los Institutos Tecnológicos pueden ser considerados en esta opción de titulación, así como los proyectos realizados durante la Residencia Profesional o la Práctica Profesional y los realizados durante el ejercicio profesional del egresado en cualquier lugar acreditado para ello.
  • El tema del proyecto a desarrollar será definido por el candidato y autorizado por el Jefe del Departamento Académico correspondiente.
  • El candidato comprobara mediante constancia, su participación en un proyecto de investigación realizado en el instituto tecnológico o en otro centro o institución que desarrolle investigación.
  • El sustentante tendrá como asesor al titular responsable del proyecto de investigación, el cual será autorizado por el Jefe del Departamento Académico correspondiente.
  • El informe técnico de la investigación será revisado por una comisión de tres profesores, integrada en el seno de la academia para tal efecto, y/o con miembros externos a juicio del Jefe de Departamento.
  • El Jefe del Departamento académico designará al jurado que presidirá el acto de recepción profesional, considerando la propuesta de la academia correspondiente y evaluando los perfiles de los candidatos externos, si existiesen.
  • El egresado sustentará el acto de recepción profesional, consistente en examen profesional y protocolo, en la fecha y hora designada para tal efecto.
  • El jurado emitirá su dictamen, el cual será inapelable, con base en la presentación del trabajo por parte del sustentante y las respuestas a las preguntas formuladas.

 

Opción VI. Examen por Áreas del Conocimiento

  • En el examen global por áreas de conocimiento, el egresado sustentará un examen sobre un área del conocimiento específico de su carrera, y preferentemente sobre el módulo de la especialidad elegida.
  • El número de créditos mínimo que deberá cubrirse será de 40.
  • El área de conocimiento a evaluar, será propuesta por la academia al Jefe del Departamento Académico.
  • El comité académico del Instituto Tecnológico, en reunión solemne (donde se asienten acuerdos en acta o bitácora), analizará y en caso de que cumpla con los requisitos académicos, recomendará por escrito, el área del conocimiento propuesta ante el director del plantel, quien en su caso emitirá la autorización correspondiente.
  • Una vez autorizado el examen, el candidato tendrá los asesores autorizados por el Jefe del Departamento Académico.
  • El Jefe del Departamento académico designada al jurado que presidirá el acto de recepción profesional.
  • El egresado contará con un plazo máximo de dos meses a partir de la autorización del examen para la presentación del acto de recepción profesional, el cual consistirá en:
  • Primera etapa: Exposición por escrito de un problema real, en donde el egresado podrá demostrar que con los conocimientos adquiridos a través del grupo de asignaturas seleccionadas.
  • Segunda etapa: dar respuesta a un interrogatorio oral basado también en problemas prácticos y reales planteados por el jurado.
  • Tercera etapa: Protocolo.
  • El número de sesiones de evaluación, así como el tiempo y porcentaje correspondiente a cada etapa, será determinado por el jurado.
  • El jurado emitirá su dictamen, el cual será

Nota: Es equivalente para esta modalidad presentar su Examen General para el Egreso de la Licenciatura (EGEL) y que obtengan al menos el Testimonio de Desempeño Satisfactorio (TDS) expedido por el Centro Nacional para la Evaluación de la Educación Superior  (CENEVAL). Para realizar su solicitud en esta opción deberán presentar el documento en original  y copia.

 

Opción VIII. Escolaridad por Promedio

  • Se considera escolaridad por promedio a la condición que cumple el egresado para titularse sin realizar ningún trabajo profesional, al haber obtenido un promedio aritmético de calificaciones sobresaliente.
  • Tener un promedio aritmético general mayor o igual a 90 en el total de su carrera, habiendo acreditado cuando menos el 90% de sus asignaturas en curso normal.
  • Para el caso de egresados cuyo promedio aritmético general sea igual o mayor a 98 en el total de su carrera, habiendo acreditado el 100% de sus asignaturas en curso normal o primer examen global, tendrá derecho a que se le otorgue MENCIÓN HONORIFICA.
  • El Departamento de Servicios Escolares del Instituto, emitirá constancia de promedio del egresado, y someterá el historial académico del candidato a revisión por el jurado correspondiente.
  • El egresado se presentará al acto de recepción profesional, consistente en protocolo, en la fecha y hora designada para tal efecto.

 

Opción X. Informe de Residencia Profesional

  • Se denomina Memoria de Residencia Profesional, al informe final que acredita la residencia profesional en el cual, el estudiante analiza y reflexiona sobre la experiencia adquirida y arriba a conclusiones relacionadas con su campo de especialidad.
  • El trabajo podrá ser presentado de manera individual o hasta por cinco de los residentes que hayan participado en el proyecto, pudiendo ser este proyecto de carácter multidisciplinario.
  • La memoria deberá contar con la anuencia por escrito del asesor externo, o de ser posible, es recomendable que cuente con una evaluación por escrito del trabajo desarrollado por el candidato a titulación, emitida por la Institución o la Empresa responsable donde se realizó.
  • Cualquier acuerdo previo de confidencialidad entre el Instituto y la Institución o Empresa donde se realizó la residencia profesional, se respetará para efectos de este proceso de titulación, en cuyo caso, el acto de recepción profesional será a puerta cerrada y se otorgará un plazo de hasta 3 años para efectos de publicación de la memoria respectiva.
  • La comisión de revisión estará integrada por una comisión de hasta cuatro profesionistas propuestos por la instancia académica, entre los cuales podrá participar el (los) asesor(es) externo(s) designado(s) por la Institución o la Empresa donde se realizó la residencia profesional.
  • La comisión de revisión emitirá el dictamen de aceptación.

Opción T.I. Titulación Integrada

  • La gestión de este proceso inicia cuando el estudiante solicita su inscripción a la asignatura “Taller de Investigación II” y concluye con la presentación del informe técnico de la residencia profesional.
  • Para sustentar el acto protocolario de recepción profesional, es necesario que el candidato egresado cumpla con los siguientes requisitos:
  1. Haber aprobado el total de créditos que integran el plan de estudios de la carrera cursada en el nivel de licenciatura.
  2. Haber realizado el servicio social en los términos que marca la ley reglamentaria y el manual de procedimientos para la realización de servicio social en los Institutos Tecnológicos.
  3. Haber obtenido la acreditación de una lengua extranjera de acuerdo con al procedimiento de Lengua Extranjera, para quienes hayan cursado planes de estudios con vigencia a partir del 2004.
  4. No tener adeudo económico, de material o equipo con las oficinas, laboratorios, talleres y centro de información en la institución de la cual egresó, o en cualquier otra por la cual haya transitado.
  5. Cubrir los derechos correspondientes.
  6. Haber presentado la solicitud y constancias de haber cumplido los requisitos anteriores a la División Académica o su equivalente para los trámites administrativos necesarios.
  7. Anexar un archivo electrónico (CD) y cuatro ejemplares impresos del informe técnico.

Del Estudiante:

  • Tiene derecho a cambiar de proyecto, investigación o asesor, previa justificación.
  • No podrá renunciar a proyectos planteados, autorizados, concertados e iniciados, a menos que sea por necesidad, acuerdo, y a solicitud de todas las partes involucradas.
  • Debe presentar el informe técnico del proyecto o investigación desarrollado, de acuerdo a las características establecidas ante la División de Estudios Profesionales o su equivalente.
  • Debe difundir (en forma oral) los resultados del informe técnico del proyecto o la investigación realizado, ante estudiantes (preferentemente inscritos en el segundo, tercero y cuarto momento del proceso de titulación).
  • Considerando a los cuatro momentos, como el conjunto de las cuatro asignaturas que comprende el proceso de titulación: Fundamentos de Investigación, Taller de Investigación I, Taller de Investigación II, y la última asignatura que podrá ser Formulación y Evaluación de Proyectos, Seminario de Investigación, o Evaluación de Proyectos, según sea la carrera.
  • Recibirá mención Honorífica al finalizar su carrera, si obtuvo un promedio mínimo de 95%.
  • Conocer sobre los aspectos de Propiedad Intelectual involucrados en su proyecto o investigación, para proteger las obras, productos o procesos, resultantes de su proceso de titulación.

De los Sinodales:

  • Los sinodales se definen como un cuerpo colegiado integrado por un presidente, un secretario, un vocal propietario y un vocal suplente.
  • Son facultades de los sinodales en el acto protocolario de recepción profesional:
  • Presidir la instalación, el desarrollo, la toma de protesta, lectura del juramento de ética y la clausura del acto protocolario de la recepción profesional.
  • Es responsabilidad del Secretario solicitar, llenar y resguardar el libro de actas, durante el acto protocolario de recepción profesional, así como de reintegrarlo al término del mismo al Departamento de Servicios Escolares.
  • Avalar con su firma en el libro de actas, el acto protocolario de la recepción profesional.
  • Los integrantes serán designados por el jefe del departamento académico, considerando las asignaciones previas como asesores y revisores.
  • Se podrá considerar la presencia de otros profesionistas relacionados con el proyecto y/o la carrera profesional, como el asesor externo o el decano del área más relacionada con el tema en cuestión, considerándose en el acto protocolario de recepción profesional como Vocal Propietario.

Notas importantes:

  • En el caso de que el Estudiante opte por las modalidades I, III, VI y VIII, su reglamentación está definida en el Manual Normativo de Procedimientos Académico-Administrativos 1997.
  • En el caso de que Estudiante seleccione la opción de titulación X, se deberá regir por el Manual Normativo de Procedimientos Académico-Administrativo vigente.